sábado, 7 de febrero de 2015

PODER PÚBLICO

PODER PÚBLICO


La noción de poder público abarca a todos los poderes que son propios del Estado. Cabe recordar que el Estado ejerce el poder legislativo (crea y modifica leyes), el poder judicial (aplica dichas normativas) y el poder ejecutivo (desarrolla políticas de gobierno) a través de diversas instituciones.


Es habitual que la expresión de poderes públicos se asocie a los organismos estatales que disponen del monopolio de la acción violenta: es decir, que pueden obligar a hacer algo a los ciudadanos o reprimirlos mediante el uso de la fuerza, siempre bajo los parámetros establecidos por las leyes. La Policía, la Gendarmería y laPrefectura, entre otras entidades, componen los poderes públicos de acuerdo a esta acepción.

En algunos países, la noción de poder público se vuelve concreta a través de ciertas instituciones. En Venezuela, el Poder Legislativo, el Poder Judicial, el Poder Ejecutivo, el Poder Electoral y el Poder Moral forman lo que se denomina como Poder Público Nacional. En estos casos, los conceptos se escriben con mayúsculas iniciales ya que hacen mención a organismos específicos.

Se entiende que el Poder Público Nacional representa al pueblo, organizando la sociedad de acuerdo a la legislación. Las leyes esenciales que rigen el funcionamiento del Estado, por otra parte, están establecidas en la Constitución.

En un sentido más cercano a la filosofía, puede afirmarse que los poderes públicos constituyen la potestad estatal para regular y ordenar el funcionamiento de una comunidad de personas (la sociedad) en un determinado territorio. Se entiende que la división de estos poderes (en Poder Legislativo, Poder Judicial, etc.) es necesaria para garantizar la protección de los derechos de todos los individuos.




RAMAS DEL PODER PÚBLICO EN COLOMBIA

Las ramas del poder público son tres: la legislativa, la judicial y la ejecutiva.

Cada una de éstas tiene diferentes funciones, ejercidas por diferentes entidades, funciones con las cuales se busca controlar el poder público. Pero, ¿qué es el poder público? Son las atribuciones que tiene el Estado para orientar y organizar administrativamente la vida de los ciudadanos colombianos.

¿Cómo se creó el poder público?

En el año de 1936 se crearon los órganos del poder del poder público; posteriormente, en 1945, por medio de una reforma política, éste tomo forma en las tres ramas del poder público que conocemos; y en 1991, a raíz de la expedición de la nueva Constitución, se determinó dividirlo en ramas y órganos. Las ramas continuaron siendo las tres ya mencionadas (legislativa, judicial y ejecutiva); mientras que los órganos se dividieron en organización electoral y organismos de control.

Poder Público Nacional (Venezuela)





El Poder Público Nacional está dividido en 5 poderes los cuales son: El poder legislativo, el poder ejecutivo, el poder judicial, el poder ciudadano y el poder electoral de los ciudadanos.



EL PODER LEGISLATIVO

El Poder Legislativo está representado por una cámara que esta unida a la Asamblea Nacional, siendo la encargada de la formación, discusión y sanción de las leyes federales, además de las que rigen en el Distrito Capital, las Dependencias y los Territorios Federales. Se compone actualmente de 165 diputados que sirven por cinco años y pueden ser reelegidos de acuerdo con la Enmienda Nº 1 de la Constitución Nacional. El número de diputados puede variar según el aumento de la población.

Los diputados deben aprobar los proyectos de ley para que ésta se convierta en ley, pero el presidente tiene poder de veto. En ese caso, la Asamblea Nacional reconsidera el proyecto de ley, y si ésta es aprobada se convierte en ley, aún sin la firma del Presidente de la República



EL PODER EJECUTIVO

El Poder Ejecutivo Nacional es ejercido por el Presidente de la República, Vicepresidente Ejecutivo, Ministro y demás funcionarios. Cada uno cumple funciones específicas y se encargan del gobierno de la nación.

El presidente de la república es el jefe del Estado y del poder ejecutivo nacional. También es elegido de forma democrática por un periodo de 6 años, y puede ser reelegido.

EL PODER JUDICIAL

El Poder Judicial es el encargado de administrar la justicia emanada de los ciudadanos y se imparte en nombre de la República por autoridad de la ley, constituido por el Tribunal Supremo de Justicia. el poder judicial es ejercido por la corte suprema de justicia y por los demás tribunales inferiores que el congreso establezca en el territorio nacional

EL PODER CIUDADANO

El Poder Ciudadano es ejercido por el Consejo Moral Republicano integrado por el Defensor del Pueblo, el Fiscal General de la República y el Contralor General de la República Bolivariana de Venezuela.

El poder ciudadano surgió con "El constituyente", en la colectividad, para velar por el buen cumplimiento de la administración del estado.



EL PODER ELCTORAL



El Poder Electoral está constituido y representado por el Consejo Nacional Electoral (CNE), quien es el encargado de coordinar los procesos electorales, así como el registro civil y electoral.



http://es.wikipedia.org/wiki/Poder_P%C3%BAblico_Nacional_(Venezuela)#Poder_Legislativo



LA SOBERANÍA

                                   


Soberanía




La soberanía es el derecho que tiene el pueblo a elegir a sus gobernantes, sus leyes y a que le sea respetado su territorio. Según esto, habría que considerar que el derecho se tiene frente a alguien y porque alguien lo concede; en consecuencia, habría que convenir en que la soberanía, más que un derecho, es el "poder". Un poder al modo que recoge Jean Bodin en su definición de soberanía.

También la palabra soberanía se conceptualiza como el derecho de una institución política de ejercer su poder. Tradicionalmente se ha considerado que son tres los elementos de la soberanía: territorio, pueblo y poder. En el derecho internacional, la soberanía es un concepto clave, referido al derecho de un estado para ejercer sus poderes.




http://es.wikipedia.org/wiki/Soberan%C3%ADa




ANTECEDENTES. El concepto de soberanía surgió cuando los europeos de los siglos XVI y XVII empezaron a buscar fundamentos laicos sobre los que basar la autoridad de los incipientes estados nacionales.


En el campo de las relaciones internacionales, un Estado soberano es igual a los demás: puede gobernar su propio territorio, declarar la guerra, o regular su estructura política, por ejemplo. El Derecho internacional contemporáneo y los tratados que vinculan a las naciones han modificado, sin embargo, la libre soberanía absoluta concebida hace cuatro siglos.


En la actualidad, la Organización de las Naciones Unidas es el principal organismo legal que ejerce un control sobre la soberanía de forma relativa y de modo consensuado. Aunque Estado soberano sigue siendo el componente principal del sistema político internacional. Desde esta perspectiva, un Estado nace cuando un número suficiente de otros estados lo reconocen como tal.


http://jorgemachicado.blogspot.mx/2013/06/que-es-la-soberania.html#sthash.jloNYZGo.dpu
CARACTERES. La soberanía tiene los siguientes caracteres:



El inalienable. La soberanía no se puede o transmitir. A lo sumo se puede delegar.
El imprescriptible. Como esta delegado, el pueblo no la ejerce por si mismo, pero esta falta de ejercicio no la desvanece, el pueblo no pierde la soberanía por el paso del tiempo sin ejercerlo.
Único. El pueblo no tiene otras “soberanías”, es único.
Indivisible. La soberanía no se la delega en parte, es toda o nada delegada.

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LA SUMISIÓN AL ESTADO DE DERECHO

                     



Estado soberano y sumisión al derecho

La amplitud de los fines que persigue y la eficacia de los medios que emplea le dan al Estado el carácter de una sociedad total (societas) perfecta, la llamaron los antiguos escolásticos. De aquí se desprende que su autoridad es superior a la de cualquier otro individuo o agrupación que pueda existir en su interior, sin que se dé una instancia de poder más alta, en sugénero. Esto quiere decir que el poder del Estado es supremo, o, como se le ha llamado históricamente, soberano.
Si se analiza esta expresión Estado soberano- a la luz de la estructura y funcionamiento de aquella forma política que desde la edad Moderna ha llegado hasta nuestros días, se ve que, en primer lugar, la soberanía supone la existencia de otros poderes sociales jerárquicamente organizados –ya privados, ya públicos- de los cuales el Estado es el supremo e inapelable. Así, una sociedad anónima tiene como órgano superior la asamblea general de accionistas; una universidad, la junta de gobierno, un partido político, el comité ejecutivo nacional. Pero todos estos órganos, en última instancia, están subordinados al Estado: a su Constitución Política, a sus leyes, a sus ordenamientos, a sus disposiciones y decretos. Encambio, el poder del Estado no tiene a ningún otro por encima de él.
Por eso se le llama soberano (de summa potestas). No es un simple poder superior con respecto a otros poderes inferiores, sino que en la escala jerárquica ocupa el puesto más alto. Hay una relación de supraordenación frente a la cual todos los demás poderes aparecen como subordinados.
Esto no quiere decir que se trate, claro está, de un poder absoluto, omnímodo, puesto que está limitado por la norma básica del bien público temporal y de las disposiciones positivas que de ella se derivan.
En la teoría del Estado moderno que es, fundamentalmente, un Estado de Derecho- la soberanía es un poder legítimo, sometido al imperio de las normas jurídicas. Pero, en su género, y sin mengua del acatamiento a la ley natural y a las leyes positivas, el poder del Estado es supremo .
Esta supremacía –soberanía, en el sentido técnico de la palabra mira esencialmente al orden interno del Estado .Es en el interior del Estado, y en relación de subordinación y supraordenación, entre los poderes sociales, por una parte, y el poder político, por la otra, en que consiste la soberanía. Porque aun cuando muchas veces se habla de soberanía exterior del Estado, en sus relaciones con los demás miembros de la organización internacional, en realidad no se está aludiendo sino a su derecho a la autodeterminación, o sea, a su derecho a fijar libre y autónomamente su propio régimen interior. A su independencia, en otras palabras. Querer aplicar el término soberanía, en su sentido estricto de supremacía, en el terreno de las relaciones internacionales, sería totalmente indebido y contrario al sistema de igualdad jurídica que debe existir entre todos los Estados.
Cuando se habla, pues, de soberanía en el ámbito internacional ataques a la soberanía no se está empleando el término en su sentido propio sino más bien analógico. Se toma soberanía por derecho a la independencia. Y debe quedar claro siempre este significado para evitar confusiones
La noción de soberanía es de capital importancia en la teoría política, .no se trata de una noción elaborada moderadamente por los juristas, aun que ciertamente su delimitación y precisiones se deban en gran parte a ellos. Como dice muy bien el clásico tratadista de Teoría General el Estado, George Jellinek: "La soberanía es, en su origen histórico, una concepción de índole política, que solo más tarde se condensado en una de índole jurídica. No se ha descubierto este concepto en el gabinete de sabios extraños al mundo, sino que su existencia a fuerzas muy poderosas, cuyas luchas forman el contenido de siglos enteros
Algunos autores han tratado de resolver la pretendida contradicción entre el concepto de soberanía y su sumisión al Derecho por la idea de autolimitación.
Afirman los partidarios de esta doctrina que la soberanía tiene un carácter absoluto; pero que el Estado, sin estar obligado a ello, acepta limitar él mismo su poder soberano dictando las reglas a las que quedará sometido.
No consideramos satisfactoria tampoco esta doctrina, porque, como hemos visto, la soberanía no es un derecho del Estado, sino un atributo de su esencia, y si fuera absoluta en el sentido que quiere esta teoría, no tendría sentido que la volviera relativa, por su propia voluntad. Renunciando a su soberanía o limitándola en provecho de los ciudadanos, el Estado negativa uno de sus atributos esenciales, lo que equivaldría a negarse a si mismo.
Por otra parte, sabemos que la esencia de la norma jurídica es su vigencia imperativa de una manera objetiva. Rige sin que haya necesidad de un acto de voluntad para sujetarse a sus prescripciones y conforme a esta teoría, habría de negarse esa característica sustancial del orden jurídico, pues la sumisión del Estado al mismo se derivaría, no de la naturaleza de las normas, sino del acto gracioso de su voluntad, que colocaría a su actividad dentro de la vigencia de esas normas, es decir que esta teoría desvirtuaría o transformaría la característica de imperatividad objetiva de la norma jurídica.
Si la soberanía, en principio es absoluta, no podría quedar restringida en ese carácter ni aun por su propia decisión. En cualquier momento podría recuperar el Estado ese poder absoluto, ese poder omnímodo, y colocarse por encima del orden jurídico.
La sumisión del Estado al Derecho, como habremos de precisar posteriormente, viene no de su decisión voluntaria de acatarlo, sino que se deriva de la realidad misma, de la naturaleza propia del Estado, tal como aparece o debe aparecer en su existencia histórica.

Limites racionales y objetivos de la soberania del estado.
El Estado, considerado desde un punto de vista sintético, presenta otro de sus caracteres esenciales, la sumisión al Derecho. Ya estudiamos en un capítulo especial las relaciones entre el Estado y el Derecho. Las conclusiones derivadas de la solución de este problema serán la base del desarrollo de este tema. Enmarcado a la soberanía de una manera objetiva existen límites que provienen de la misma naturaleza del Estado, que se derivan de su fin y de su misión.
Estos límites son establecidos, son precisados por el Derecho, al cual el Estado se encuentra sujeto y al que no puede renunciar sin apartarse de su misma constitución esencial.
Este Derecho que da estructura al Estado, que norma su actividad, constituye, como ya hemos visto, una rama especial, con características definidas. Es el Derecho público, que se distingue de la otra ama, constituida por el Derecho privado, enfocado hacia la regulación de las relaciones interindividuales.
El Derecho público se caracteriza por su función estructural y reguladora del Estado, como autoridad, pero debemos tener en cuenta que el orden jurídico en su totalidad y unidad es el que estructura y rige las actividades de la sociedad humana que está en la base del Estado, y que en realidad constituye su naturaleza.
El Derecho, tal como hemos afirmado al estudiar las relaciones del orden jurídico con el Estado y al analizar el problema de "Estado de Derecho", es también al igual que el poder, un ingrediente esencial de la comunidad política.
Un Estado sin poder soberano es inconcebible, y un Estado con poder soberano que no esté sometido al Derecho no es tal Estado, sino un simple fenómeno de fuerza.
La soberanía queda limitada a su esfera de competencia, a la esfera de competencia del poder estatal. Y esta esfera de competencia se determina, a su vez, por el fin del Estado, y sus contornos, sus cauces, son las normas jurídicas.
En ese sentido, la soberanía tiene un límite racional y objetivo constituido por la misión que tiene que realizar el Estado, por el fin hacia el cual se orienta su actividad, y este límite, esta competencia, se encuentra enmarcada por el Derecho, por las normas jurídicas.
En esta forma, la soberanía se encuentra sometida al Derecho, existe un límite negativo de la competencia, constituido por lo temporal y público. Al afirmar lo anterior, establecemos un límite de competencia a la soberanía.
El Estado no tiene facultades para rebasar el terreno, la esfera de lo temporal y de lo público. Es Estado no puede inmiscuirse en la esfera individual, ni aún en el dominio de los intereses exclusivamente privados.
Pero al lado de ese límite negativo, debemos encontrar la esfera de lo temporal y de lo público. El Estado no puede inmiscuirse en la esfera individual, ni aún en el dominio de los intereses exclusivamente privados.
Pero al lado de ese límite negativo, debemos encontrar la esfera propia de acción de la soberanía; debemos encontrar una norma positiva de su actividad. Una norma positiva de la soberanía.
Esta norma positiva consiste en la realización del bien público. El campo específico de la soberanía del Estado implica una norma positiva. Esta norma positiva la constituye la realización de un programa, que consiste en la obtención efectiva del bien público en sus diversos elementos de orden y ayuda materiales y morales.

Control supranacional.
La solución supranacional consistiría en someter a juicio la conducta del Estado, buscando un organismo superior que califique o controle esta conducta.
Sería buscar la creación de un organismo internacional, al cual pudiera someterse el control de la actividad de un Estado en particular, ese organismo podría ser de índole política, como una asamblea de Estados, o bien, un tribunal supremo internacional ante el que se plantearía una instancia jurídica, y entonces su formación sería jueces y árbitros.
Si las organizaciones como la ONU (Organización de las Naciones Unidas, o la LN (Liga de las Naciones), si se les hubiera atribuido facultades para inmiscuirse dentro del terreno propio de la soberanía, en la esfera interna, se llegaría a comprometer gravemente la independencia de los Estados, e incluso se llegaría a desvirtuar la esencia misma de ese poder soberano que ya, sabemos, tiene un aspecto negativo, que consiste en poner un dique a la actuación de otros poderes dentro del campo propio de su competencia particular.
Lo bueno es que en la actualidad, no resulta practico ni conveniente crear un organismo internacional el control de la sumisión del Estado al Derecho.


 http://www.monografias.com/trabajos10/testa/testa.shtml#ixzz3RAEsJJBU


ORGANIZACIÓN DEL ESTADO

                                              
                                   

¿Cómo está organizado el Estado mexicano?


El Estado mexicano está compuesto por su territorio, población y gobierno, con sus leyes.La población está formada por todos los habitantes que ocupan el territorio mexicano. El gobierno lo forman los funcionarios que han sido elegidos por la población para hacer las leyes, hacerlas cumplir y sancionar a quienes las violen. Además, tiene otros fines, como establecer y mantener el orden y defender al país de todo ataque que provenga del exterior.
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos es el documento que contiene las leyes que rigen actualmente a nuestro país. También se le llama Carta Magna y fue elaborada en 1917. En ella se señala cómo debe organizarse nuestra nación, acorde con las demandas por las que el pueblo luchó durante la Revolución Mexicana. Es muy importante saber que nuestra Constitución fue la primera en el mundo en incluir los derechos sociales. Los derechos sociales son obligaciones que el Estado tiene con la sociedad, como impartir y garantizar educación y salud, entre otros.

No todos los gobiernos son iguales. El Estado puede adoptar distintas formas de gobierno, dependiendo de los intereses propios de cada nación. Hay dos formas principales de gobierno: la monarquía y la república. 

 En la monarquía, el poder del Estado lo tiene una sola persona, que puede ser el rey, el emperador o el príncipe. Esta forma de autoridad se hereda de padres a hijos.


Existen diferentes tipos de gobiernos monárquicos: el absolutista, el constitucional y el parlamentario.

El absolutista es aquél en que el gobernante dicta y aplica las leyes, como era en Inglaterra en el siglo xv.

El constitucional es aquél en que la ley limita las decisiones del rey, como ocurre en Noruega o Suecia.

El parlamentario es aquél en que el poder del soberano está limitado por la participación de representantes del pueblo, como sucede actualmente en Inglaterra .

 La república es el tipo de gobierno adoptado en la mayoría de los países actuales. México tiene un Poder Supremo que, como en todos los gobiernos republicanos, está dividido en tres poderes, según el artículo 49� constitucional:



Uno para hacer las leyes: Poder Legislativo.

Otro para aplicarlas: Poder Ejecutivo.

Un tercero para impartir la justicia: Poder Judicial.


El poder Legislativo está representado por el Congreso de la Unión, integrado por las Cámaras de Diputados y de Senadores.

Los diputados se eligen directamente por el voto de los ciudadanos mexicanos y permanecen en el puesto por tres años.

Los senadores representan a los estados o entidades federativas ante la Federación, se eligen por voto directo y se requieren dos por cada estado. Permanecen en el cargo durante seis años.Los diputados y senadores se encargan de discutir y de hacer las leyes. Pertenecen a diferentes partidos políticos para representar las diversas ideas, intereses y necesidades del pueblo. Pueden ser hombres o mujeres, siempre que sean mexicanos de nacimiento.
Sus principales facultades son:



� Elaborar las leyes que dirigen las relaciones entre los ciudadanos.

� Aprobar los impuestos que se van a cobrar a los habitantes.

� Aprobar los ingresos y los gastos que el Gobierno hace en favor de la sociedad.

� Aprobar algunos puestos públicos.

� Pedir cuentas al poder Ejecutivo (al Presidente de la República y sus colaboradores) sobre el ejercicio de sus funciones.

El poder Legislativo debe controlar e instruir al Presidente de la República para que sus acciones se realicen en beneficio del país; por eso, es muy importante que las cámaras de diputados y de senadores sean independientes del resto del gobierno y defiendan los intereses del pueblo, al que representan. 
El poder Ejecutivo se confía al Presidente de la República. Él es elegido cada seis años por voto directo de las ciudadanas y los ciudadanos mexicanos. Es quien se encarga de dirigir al gobierno, basándose en las leyes que aprueba el poder Legislativo.

El Presidente nombra como sus colaboradores más cercanos (que forman el gabinete), a los Secretarios de Estado. Hay 18 Secretarías de Estado, y tres Procuradurías. Los Secretarios de Estado se encargan de administrar los programas de salud, turismo, ecología, educación, comercio, energía, la procuración de justicia, la autonomía de la nación, el cobro de los impuestos y las relaciones con otros países, entre otros.Algunos nombramientos los aprueba el senado, como los de los procuradores, los embajadores y los oficiales del ejército.
El poder Judicial está encargado de vigilar que se cumplan la Constitución y sus leyes y que todos los mexicanos tengan acceso a la justicia, sin distinción de raza, edad, sexo, nivel económico o religión. También tiene a su cargo la protección de las garantías individuales y sociales de los mexicanos. Otra de sus funciones es equilibrar las acciones del poder Legislativo y del Ejecutivo.

Este poder está formado por la Suprema Corte de Justicia, el Tribunal Electoral, los Tribunales Colegiados, los Tribunales Unitarios de Circuito, los Juzgados de Distrito y el Consejo de la Judicatura Federal.







La división del poder supremo en los tres poderes señalados debería ser como una balanza que mantuviera el equilibrio entre las partes del gobierno, pues cada una tiene funciones específicas que ayudarían a controlar a las otras dos. Con esto se pretende evitar que un gobernante abuse de su poder y tome decisiones que no favorezcan a la población. En nuestro país, el representante del poder Ejecutivo, el Presidente de la República, es quien tiene, de hecho, mayor poder en la toma de decisiones.

De acuerdo con la Constitución Mexicana, el gobierno de México, además de dividirse en tres poderes, debe cumplir tres características principales:
� Ser democrático,

� Representativo y� Federal (artículo 40� constitucional).

 Democrático, porque todos los miembros de la sociedad mexicana podemos participar en la elección y decidir libremente y sin presiones de ningún tipo, a los que serán nuestros gobernantes. Ellos, a su vez, tienen la obligación de gobernar de acuerdo con nuestros intereses y además informarnos acerca de sus acciones. En esta forma de gobierno la autoridad la tiene el pueblo y se basa en la idea de que en nuestro país debe haber libertad, igualdad, respeto a la ley, progreso para la población, respeto a las garantías individuales, sucesión periódica de los gobernantes y existencia de partidos políticos, entre otros principios.


 



 Representativo, porque la autoridad no la podemos ejercer los 80 millones que habitamos en México (según cifras del censo del INEGI de 1990). Por esa razón, elegimos a algunas personas como los diputados, los senadores y demás funcionarios gubernamentales para que nos representen y ejerzan la autoridad en beneficio del pueblo, que fue quien los eligió. Lo ideal sería que todos los ciudadanos participaran directamente en las discusiones y soluciones de los diferentes problemas de la sociedad. Pero ante el crecimiento de la ciudadanía y las dificultades que representaría la intervención de todos, es necesario tratar los asuntos del gobierno por medio de los representantes electos por los ciudadanos. Por eso, es tan importante que estemos informados de quiénes son los candidatos a diputados, senadores, presidentes y los demás representantes, y qué proponen, para elegir la mejor opción que nos represente de acuerdo con nuestras ideas.

Federal, porque está formado por 31 estados libres (o entidades federativas) con su propio gobierno, sus propias leyes, un territorio definido y su propia población. También forma parte de la República el Distrito Federal, donde se encuentra la sede del gobierno federal. Unidos, los estados y el Distrito Federal forman una federación de estados que se rigen por las leyes que integran la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Por eso, cuando hablamos del Estado, nos referimos a la organización Federal que rige a toda la República. En cambio, cuando se habla del estado de Sonora, sólo se menciona a esa entidad federativa, que junto con las demás forman la federación de estados que componen nuestro territorio.

El gobierno de cada estado es autónomo o independiente. La población de cada estado elige al gobernador y a sus diputados locales. También tiene su propia constitución, que contiene leyes que responden a sus necesidades específicas, pero las leyes de los estados en ningún caso pueden contraponerse a la Constitución Federal de todo el país. Además, cada estado tiene su capital y está dividido en municipios gobernados por el Ayuntamiento. Ahí, el responsable es el presidente municipal y las personas que forman el cabildo, a quienes también elige el pueblo. En nuestro país, esto es relativo, pues el poder Ejecutivo tiene una fuerte influencia sobre el gobierno de los estados.Es importante recordar que una condición para que exista el Estado mexicano es que exista la soberanía. La soberanía la ejerce todo mexicano a través de su gobierno.

http://www.conevyt.org.mx/cursos/cursos/vaco/contenido/revista/vc18r.htm





Esto significa que, como pueblo, tenemos el derecho de exigir al gobierno que respete nuestras garantías individuales y sociales.

Asimismo, los mexicanos tenemos, por ley, en todo momento, el derecho de alterar o modificar la forma de nuestro gobierno, según el artículo 39� de la Constitución mexicana.

FUNCIONES DEL ESTADO







Funciones del Estado




Funciones del Estado, es decir, el conjunto o cada una de las funciones del Estado; pueden ser entendidas comopoderes del Estado (que en un Estado Liberal están sujetas al principio de Separación de poderes y en una monarquía absoluta o en un Estado totalitario se ejercen de forma plena por quien tiene todo el poder -el gobernante absoluto-), o pueden ser entendidas como las competencias de la administración pública, que son ejercidas como funciones públicaspor distintos tipos de cargos públicos (distintas magistraturascargos electosfuncionarios, etc.)

Desde el punto de vista de la economía liberal clásica o el neoliberalismo, el papel del Estado debe de ser el mínimo posible (para Adam Smith limitarse a proporcionar seguridad jurídica y seguridad física -orden público- y cumplir subsidiariamente aquellas funciones incompatibles con los beneficios individuales que se espera de la iniciativa privada); mientras que para el keynesianismo o la socialdemocracia debe haber algún tipo de intervencionismo estatal; que es máxima en la economía planificada del comunismo soviético y tiene distintos grados en el corporativismo fascista.




http://es.wikipedia.org/wiki/Funciones_del_Estado


FUNCIONES DEL ESTADO. En los Estados modernos tanto la administración como la jurisdicción se encuentran reguladas por una normativa, y cabe distinguir ambas funciones en razón de lo siguiente: al ejercitar la función de juzgar, el Estado persigue la realización de los derechos controvertidos o inciertos; al ejercitar la vía administrativa, tiende a realizar intereses públicos  generales.

Además de estas dos funciones estatales —jurisdiccional y administrativa— existen: la función legislativa y la función gubernativa.

¿Cuál es la diferencia entre la función administrativa y la función gubernativa? En la función gubernativa las decisiones tomadas, además de ser administrativas y perseguir la satisfacción de interés publico, buscan que sean eficaces y eficientes, es decir las decisiones tienen contenido político.
FUNCIÓN LEGISLATIVA

Se traduce en la dictación de normas generales, abstractas e impersonales.

FUNCIÓN JURISDICCIONAL

Se caracteriza por la aplicación de las leyes mediante pronunciamientos—sentencias—que tienen fuerza de verdad legal. Los encargados son los tribunales de justicia y el Tribunal Constitucional. El objeto de esta función es dirimir controversias.
FUNCIÓN ADMINISTRATIVA

La función administrativa es la actividad que consiste en ejecutar, dirigir y servir, aplicando medios útiles para el logro de los fines propuestos.

Para unos cumple esta función, sólo el organo Ejecutivo, para otros también lo cumplen los otros organos, en mayor o menor grado, por ejemplo el organo Legislativo con la aprobación del presupuesto nacional para cada año, o el órgano Judicial a través de los Autos Supremos.
FUNCIÓN GUBERNATIVA

Es la alta dirección administrativa y política que hace marchar todos los negocios del Estado para satisfacer el interés general.

¿Cuál la diferencia con la función administrativa? Las decisiones tomadas no son solamente administrativas, sino que buscan también que sean eficaces y eficientes, es decir las decisiones tienen contenido político.